Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12746

Ley 12746/2001 - DECLáRASE "PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES " AL EDIFICIO DEL BANCO HIPOTECARIO FILIAL LA PLATA COMPUESTO DE SALONES DE FUNCIONAMIENTO PARA ACTIVIDADES BANCARIAS, DEPENDENCIAS DE SERVICIOS Y VIVIENDAS DE GERENTE Y SUB.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/09/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12746 LEY 12.746 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- Declárase "PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES " al edificio del BANCO HIPOTECARIO filial La Plata, sito en la intersección de la Avenida 7 y calle 49 de la ciudad de La Plata, compuesto de salones de funcionamiento para actividades bancarias, dependencias de servicios y viviendas de Gerente y Subgerente. ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de la declaración del artículo anterior y aquellas necesarias relacionadas con la custodia y preservación del edificio, conforme las disposiciones de las Leyes 10419 y 11993. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.