Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7536

Ley 7536/1969 - (DEROGADA POR DEC-LEY 7822) DEROGANDO E INCORPORANDO ARTICULOS DE LA LEY 7165 (ERRADICACION DE VILLAS DE EMERGENCIA).

Derogada verificadaPublicación B.O.: 11/09/1969
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Ley 7536 DEROGADA POR DECRETO-LEY 7822/72 DECRETO-LEY 7536/69 Derogando e incorporando artículos a la ley 7165 (Erradicación de Villas de Emergencia) La Plata, 4 de setiembre de 1969. Visto la autorización del gobierno nacional, concedida por decreto 4324/969 y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DEL A PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Deróganse los artículos 4° y 5° de la ley 7165 sobre erradicación de villas de emergencia. ARTICULO 2.- Incorpórase como artículo 4° de la ley 7165 el siguiente: “Artículo 4.- En todo juicio por el que se demande el desalojo de inmuebles ubicados en tierras ocupadas por “villas de emergencia”, antes de concretar el lanzamiento el juez lo hará saber al Fiscal de Estado. ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.