Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15273

Ley 15273/2021 - RESTITUYE A LA UNIÓN CÍVICA RADICAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CON CARÁCTER DE CESIÓN DEFINITIVA Y A TÍTULO GRATUITO, UN INMUEBLE DE LA LOCALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN. LA TRANSFERENCIA ES CON CARGO PARA QUE EN EL MISMO FUNCIONE EL COMITÉ DE DISTRITO DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL DEL MENCIONADO PARTIDO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/01/2021
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 15273 LEY 15273 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Restitúyase a la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires, transfiriéndose con carácter de cesión definitiva y a título gratuito, el inmueble ubicado en Av. San Martín entre Pellegrini y Alsina de la localidad de Trenque Lauquen, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 12b; inscripto en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires bajo Matrícula 2710, Trenque Lauquen (107). ARTÍCULO 2°.- La transferencia es con cargo para que en el mismo funcione el Comité de Distrito de la Unión Cívica Radical de Trenque Lauquen. ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento del cargo estipulado en el artículo 2° ocasionará la revocatoria del dominio a favor del Estado Provincial y operará de pleno derecho. ARTÍCULO 4°.- La escritura traslativa del dominio a favor de la beneficiaria será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta del Impuesto al Acto. ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata,  a los veintidós días del mes de Diciembre del año dos mil veinte.