Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10860

Ley 10860/1989 - SUSPENDE APORTES DISPUESTOS POR EL ART. 4, INC. B), C) Y D) DEL DEC-LEY 9650/80, PREVISION SOCIAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/01/1990
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Ley 10860 LEY 10860 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Suspéndense los aportes y contribuciones dispuestos por el artículo 4°, incisos b), c) y d) del Decreto-Ley 9650/80 y sus modificatorias, sobre los incrementos en las remuneraciones y prestaciones devengados en el mes de noviembre de 1989. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.