Nación · Ley N° 23694

Ley 23694 - CREASE LA COMISION DE ESTUDIO DEL MAPA JUDICIAL DE LA JUSTICIA FEDERAL. PROMULGADA POR DEC.462 DEL 10-8-89.

Estado no verificadoSanción: 19/07/1989Publicación B.O.: 17/08/1989Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

infoleg JUSTICIA Ley N° 23.694 Créase la Comisión de Estudio del Mapa Judicial de la Justicia Federal. Integración. Sancionada: Julio 19 de 1989. Promulgada: Agosto 10 de 1989. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan fuerza de Ley: Artículo 1º — Créase la Comisión de Estudio del Mapa Judicial de la Justicia Federal que tendrá a su cargo el estudio de todo lo inherente al régimen de distribución y funcionamiento de la justicia federal y nacional en el territorio de la República Argentina. Art. 2º — La comisión creada por el artículo anterior estará integrada por 5 (cinco) representantes de la Cámara de Diputados de la Nación, 3 (tres) representantes de la Cámara de Senadores de la Nación, 1 (un) representante propuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, 1 (un) representante propuesto por el Ministerio de Educación y Justicia y 1 (un) representante propuesto por la Federación Argentina de Colegios de Abogados. Art. 3º — El Secretario de Justicia tendrá a su cargo la coordinación de las tareas que desarrolle la comisión que se crea por la presente ley. Art. 4º — La comisión deberá expedirse dentro del término de 180 días contados desde su constitución, con una ampliación de 90 días improrrogables. Art. 5º — Las conclusiones a que arribe la comisión deberán ser publicadas por la Imprenta del Congreso de la Nación. Art. 6º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO A. DUHALDE. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Alberto J. B. Iribarne. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.