Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12946

Ley 12946/2002 - PRORROGASE POR EL TERMINO DE UN AÑO LA LEY 12531 Y SUS MODIFICATORIAS, SUSPENDIENDOSE LOS TRAMITES DE LOS JUICIOS A PARTIR DE LA SENTENCIA DE TRANCE O REMATE, DERIVADOS DE LA REALIZACION DE OBRAS MUNICIPALES DE INFRAESTRUCTURA URBANA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/09/2002
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Ley 12946 L E Y 12946 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- Prorrógase por el término de un año, la Ley 12531, a partir del vencimiento establecido en el artículo 1, y sus modificatorias Ley 12720 y 12846, suspendiéndose los trámites de los juicios a partir de la sentencia de trance y remate, o la ejecución de sentencia, derivados de la realización de obras municipales de infraestructura urbana, en especial de gas, agua corriente, y desagües cloacales, pavimentos, adjudicadas a empresas particulares por aplicación de la Ordenanza General 165 y sus modificatorias. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.