Nación · Ley N° 25115

Ley 25115 - DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL LA SOCIEDAD Y BIBLIOTECA SARMIENTO, SITA EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO.-

Estado no verificadoSanción: 23/06/1999Publicación B.O.: 21/07/1999Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley 25.115 Declárase monumento histórico nacional la Sociedad y Biblioteca Sarmiento, sita en la ciudad de Santiago del Estero. Sancionada: Junio 23 de 1999. Promulgada: Julio 15 de 1999. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Declárase monumento histórico nacional la Sociedad y Biblioteca Sarmiento, sita en la calle Libertad 674 de la ciudad de Santiago del Estero, provincia del mismo nombre. ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos adoptará las medidas necesarias para la preservación de la misma, conforme a lo dispuesto en la Ley 12.665. ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (Conabip) dispondrá la asistencia prevista en el artículo 5º de la Ley 23.351. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. — REGISTRADA BAJO EL Nº 25.115 — ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan C. Oyarzún.