Nación · Ley N° 11644

Ley 11644 - OBJETO CUMPLIDO-OBRAS DE PAVIMENTACION DISPUESTA POR LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

Estado no verificadoSanción: 29/09/1932Publicación B.O.: 17/10/1932Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ministerio del Interior. - Ley número 11.644, sobre obras de Ministerio del Interior. - Ley número 11.644, sobre obras de pavimentación dispuesta por la Municipalidad de la Capital. Buenos Aires, octubre 7 de 1932. Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1° - Las obras de pavimentación dispuestas por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, así como las solicitudes de contratos de vecinos autorizadas o en trámite, con anterioridad a la sanción de la Ley número 11.593, y que tengan principio de ejecución antes del 31 de Marzo del año próximo, se regirán por las disposiciones de la Ley 7091. Art. 2° - La contribución por conservación de pavimentos a cargo de las empresas de tranvías para los casos establecidos en el artículo anterior, se liquidará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 11.593. Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos treinta y dos. JULIO A. ROCA. JUAN F. CAFFERATA. Gustavo Figueroa. D. Zambrano Registrada bajo el Nº 11.644 Por tanto: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese. JUSTO