Nación · Ley N° 20652
Ley 20652 - DECLARASE DE INTERES NACIONAL EL CARBON RESIDUAL DE PETROLEO O RESIDUO CARBONOSO O COQUE VERDE DE PETROLEO, RESULTANTE DEL PROCESO TERMICO DE CORTES PESADOS DE PETROLEO, DE PRODUCCION NACIONAL.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina HIDROCARBUROS Ley N° 20.652 Declárase de interés nacional a diversos productos resultantes del proceso térmico de cortes pesados de petróleo, de producción nacional. Sancionada: Marzo 8 de 1974 Promulgada: Marzo 28 de 1974 POR CUANTO: EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° - Declárase de interés Nacional el carbón residual de petróleo o residuo carbonoso o coque verde de petróleo, resultante del proceso térmico de cortes pesados de petróleo, de producción nacional. ARTICULO 2° - La comercialización de todo el carbón residual que se produzca en todo el país estará a cargo exclusivo de la empresa estatal Yacimientos Carboníferos Fiscales, con las excepciones que establezca el Poder Ejecutivo. ARTICULO 3° - El precio de transferencia del carbón residual de petróleo a las empresas productora privadas o estatales, así como también el de comercialización por parte de Yacimientos Carboníferos Fiscales, será fijado por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los ocho días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cuatro. J. A. ALLENDE R. A. LASTIRI R Arancibia Taborda Ludovico Lavia Registrada bajo el N° 20.652 -