Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15281

Ley 15281/2021 - TRANSFIERE GRATUITAMENTE Y CON CARÁCTER DE CESIÓN DEFINITIVA AL MUNICIPIO DE NUEVE DE JULIO LOS INMUEBLES DE LA PROVINCIA, CON DESTINO A LA DISPOSICIÓN FINAL Y/O TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/05/2021
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 15281 LEY 15281 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Transfiérese gratuitamente y con carácter de cesión definitiva al Municipio de Nueve de Julio los inmuebles de la provincia de Buenos Aires identificados mediante nomenclatura catastral Circunscripción XV, Sección E, Chacra 460, Parcelas 1 y 2 del Partido de Nueve de Julio y con las Partidas 1045 y 1048 de dicha Jurisdicción, encontrándose inscriptos al Folio N° 17124, Año 1912, Serie A del Registro de la Propiedad Inmueble. ARTÍCULO 2°.- La transferencia precitada se efectúa con destino a la disposición final y/o tratamiento de residuos urbanos. Dicho cargo deberá cumplimentarse en el término de tres (3) años a ser contabilizados desde la efectiva toma de posesión de los inmuebles por parte del Municipio. ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento del cargo referido en el artículo 2° habilitará a la Provincia de Buenos Aires a promover la revocación de la presente transferencia. ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Ministerio de Economía, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Decreto Ley N° 9533/80, deberá promover la suscripción de la escritura por ante la Escribanía General de Gobierno. La mentada escritura deberá expedirse en un plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la promulgación de la presente, exenta de los impuestos al acto. ARTÍCULO 5°.- Habilítese al Municipio de Nueve de Julio a presentarse en el marco de toda actuación judicial vinculada a los inmuebles objeto de la presente. ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinte días del mes de abril del año dos mil veintiuno.