Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7442

Ley 7442/1968 - ESTABLECENSE EN EL REGLAMENTO DE AUTOMOTORES OFICIALES A LOS VEHICULOS DE LAS ENTIDADES AUTARQUICAS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/12/1968
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

E . ; LEY 7.442. . Establécense en el Reglamento. de Automotores Oficiales a los . Ñ vehículos de las entidades autárquicas , La Plata, 20 de noviembre de 1968. Visto la autorización del Gobierno Nacional concedida por de- | creto 6.906/968, en ejercicio de las facultades legislativas que le con- fiere el artículo 9% del Estatuto de la Revolución Argentina, el Gobernador de la provincia de Buenos Aires sanciona y promulga con fuerza de — os . o : LEY ; ‘ Art. 19 Los automotores perterecientes a las Entidades Autar- .; quicas de la Provincia quedan sometidos al régimen establecido en el Reglamento de Automotores Oficiales, . ‘ Art. 22 Cúmplase, comuniquese, publiquese, dése al Registro’ y "Boletín Oficial” y archivese. oe IMAZ. . R..F. Navas. Registrada bajo el número siete mil cuatrocientos cuarenta y dos (7.442). R. F, Navas.