Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 194
PRORROGA EMERGENCIA EDILICIA - DE INFRAESTRUCTURA - CONDICIONES DE ALOJAMIENTO - COMISARÍAS - INSTITUCIONES PENALES - ALOJAMIENTO TEMPORARIO Y TRANSITORIO - PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD - PLAZOS - DOCE MESES - MODIFICA ARTÍCULOS 2 Y 3 DEL DECRETO 200/24
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 200/24 y el Expediente EX-2025-14413078-GCABA-DGTALMSE, y CONSIDERANDO: Que por Decreto 200/24, de fecha 6 de mayo de 2024, se declaró por el término de doce (12) meses, la emergencia edilicia, de infraestructura y condiciones de alojamiento en comisarías e instituciones penales de alojamiento temporario y transitorio destinado a personas privadas de su libertad en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en ese marco, desde este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se está avanzando en la adquisición de equipamiento destinado a las comisarías e instituciones penales de alojamiento temporario y transitorio destinados a personas privadas de su libertad, que contemple las mejoras necesarias a los efectos de atender la emergencia; Que asimismo, se están adoptando las medidas necesarias para la planificación, construcción, remodelación, fortalecimiento y refacción de inmuebles y dispositivos; Que a los fines de continuar con el desarrollo de los objetivos establecidos en el artículo 2° del mencionado Decreto, resulta necesario prorrogar por el término de doce (12) meses la emergencia establecida por el Decreto 200/24, desde la fecha de vencimiento del plazo establecido en el mentado Decreto; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Prorrogar por el término de doce (12) meses, la emergencia edilicia, de infraestructura y condiciones de alojamiento en comisarías e instituciones penales de alojamiento temporario y transitorio destinado a personas privadas de su libertad en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declarada por Decreto 200/24. Artículo 2°.- Por el mismo plazo indicado en el artículo 1° del presente, prorrogar la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto 200/24. Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas adoptará las medidas, modificaciones y adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias para cumplir los objetivos del presente Decreto. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Seguridad, de Justicia, y de Hacienda y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Seguridad, y de Justicia y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar. MACRI - Giménez - Tapia - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 200 2024 <p>Artículo 1 del Decreto 194/25 prorroga por el término de doce (12) meses, la emergencia edilicia, de infraestructura y condiciones de alojamiento en comisarías e instituciones penales de alojamiento temporario y transitorio destinado a personas privadas de su libertad en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declarada por Decreto 200/24.</p><p>Artículo 2 por el mismo plazo indicado en el artículo 1° del presente, prorrogar la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto 200/24.</p>