Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5331
Ley 5331/1948 - CREACION DE UNA SALA EN LA CAMARA TERCERA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE LA CAPITAL.
. — 498 —- e LEY NO 5881 0... o Creación de una Sala en la Cámara Ter- cera de Apelaciones en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de la Capital, . El Senado" y:Cámara de Diputados de la « «provincia de Buenos Aires, sancionan - com fuerza de— i : . a o LEY: : Art. 1° A partir. del 1° de enero: del año 1949, la Cámara ‘Tercera de: Apela- ción en-lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de la Capital, se constituirá con un Presidente. y seis Vocales, nombrados de acuerdo «con lo establecido en los artículos 165 -y: 166 de la Constitución de la Provincia y funcionará dividida en tres Salas de- signadas numéricamente. Art. 2° El funcionamiento de la Cá- mara Tercera de Apelación así consti. tuída, se regirá por la Ley N° 4392 del 17 de julio de 1936. — 499 — Art. 3? La Sala Tercera que se -crea ' por la: presente ley, tendrá el siguiente _personal: : : : , Sueldo Mensual Al mes ; $ 8% 2 Jueces io... cece e eee e eee 8,200 6.400. _ 2 Secretarios... .oooocosor.... 1.700: 3.400 1 Oficial 19 (Ujier) c...0..... 850 850 1 Oficial 2° (Oficial 19) ..... 800 800 1 Auxiliar Mayor ....oom...: “400 400 . 1 Auxiliar Principal ......... 375 375 + 1 Auxiliar 19 .....o.mom.oo.s 350 350 1 Auxiliar 22 .....o.ooommoo.o.. 325 325 3 Auxiliar 39 .00ommommcccooo 300 900 1 Auxiliar 39 (Personal de ser- VICIO) rs 300 300 14. 7 Total i....oo.. 14.100 Total anual .... 169.200 Art. 4% Los gastos que demande el cumplimiento. de la presente ley para. el pago de la remuneración de los funcio- narios, persona] administrativo y de ser- «vicio, que se incluyen en el 'artículo 3%, . se imputarán durante el año 1949, a Rentas Generales, de donde se tomarán los "respectivos recursos; debiendo -in- cluirse estos cargós en el Presupuesto a regir el año 1950, como asimismo las partidas . que . se consideren necesarias : para los gastos de su funcionamiento. Art. 5° Autorízase al Poder Ejecuti- vo a invertir la suma de veinte mil pesos moneda Nacional ($ 20.000 7%) en los: gastos de instalacién de la tercera sala . — 500 — que se crea, por esta única vez, fondos que se tomarán de Rentas Generales. Art, 6? Comuníquese al Poder Ejecu- tivo. - Dade en la Sala de Sesiones de la Honorable Le- gislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y ocho, Mario M. GOIZUETA, Juan B. MACHADO. Dionisio Ondarra, Alfredo Panelli, Secretario de la O. de DD, — Secretario del Senado. = - La Plata, 16 de noviembre de 1948, Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y «Boletín Oficial» y archívese. . MERCANTE. . HÉCTOR E, MERCANTE. Ñ Decreto N° 27.594. io TRAMITE LEGISLATIVO. 00. HONORABLE SENADO: — Mensajé y proyecto : de ley del Poder. Ejecutivo. Entrada y destino a lá Comisión Bicameral de. Organización de ls Justicia en todos sus fueros. página 2012 (noviembre, 27 de 1946), Expfdese Ja Comisión, página 2143. (00- tubre 26 de 1948). ‘Tratamiento sóbre- tablas y aprobación en general y particular; péging 2239 (octubre 26 de 1948). ' A . HONORABLE CAMARA DE” DIPUTADOS: — Entrada y destino a la: Comisión” Bicameral' de Or- ganización :de la” Justicia” en:, todos. ‘sus . fueros, — 501 — página 3933..(octubre :26 de 1948). Expídese le . Comisión,. página 8948 (octubre 27 de 1948). San- ción definitiva, página 4164 y 4230 (octubre 23 de 1948). . + : :