Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 316

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO 316-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 102-GCBA-MJYSGC/18, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/09/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Nota: se advierte al usuario que el artículo 1 del Decreto 316-19desestima el recurso jerárquico subsidiario del recurso dereconsideración contra la Resolución n° 102-GCBA-MJYSGC/18, de la cual no se han encontrado constancias de su publicación en el Boletín Oficial. VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 5.688 (textos consolidados según Ley N° 6.017), las Resoluciones Nros. 102/MJYSGC/2018 y 1247/MJYSGC/2018, el Expediente N° 05226770-MGEYA- DGARHS/2018 y el Expediente asociado N° 15578484-MGEYA-SICYPDP/2017, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el Recurso Jerárquico subsidiario del de Reconsideración, interpuesto por la Sra. Mariela Alejandra Paredes (D.N.I N° 26.265.592), contra la Resolución N° 102/MJYSGC/2018 que dispuso su retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad conforme las previsiones del artículo 219, inciso 7), en función del artículo 227, inciso 5), ambos de la Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.017); Que por Resolución N° 1247/MJYSGC/2018 se desestimó el recurso de reconsideración articulado por la Sra. Mariela Alejandra Paredes; Que con fecha 29 de marzo de 2019 se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo la recurrente ampliado ni mejorado los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos plasmados en la Resolución N° 1247/MJYSGC/2018 que sirvieron de base para rechazarlo; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad mediante Informe N° IF-2019-16131141-GCABA- DGSUM, corresponde el rechazo del recurso jerárquico subsidiario; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico subsidiario del recurso de reconsideración que fuera interpuesto oportunamente por la Sra. Mariela Alejandra Paredes (D.N.I N° 26.265.592) contra la Resolución N° 102/MJYSGC/2018. Artículo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la Sra. Mariela Alejandra Paredes (D.N.I N° 26.265.592), dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel