Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12585

Ley 12585/2001 - DESAFECTA DEL DOMINIO PROVINCIAL INMUEBLE EN EL PARTIDO DE GRAL. PUEYRREDÓN; MAR DEL PLATA GOLF CLUB. DEROGA LA LEY 11060.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/01/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12585 LEY 12.585 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º - Desaféctase del dominio provincial el inmueble identificado como: Circunscripción VI, Sección D, Chacra 346 del partido de General Pueyrredón, que conservará el destino exclusivo de espacio verde sin que pueda alterarse su actual estructura y conformación paisajista. Art. 2º - La provincia de Buenos Aires transfiere el dominio del inmueble en el estado en que se encuentra, con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo y sus mejoras, a la Municipalidad de General Pueyrredón. Art. 3º - La transferencia del dominio conlleva para la Municipalidad los siguientes cargos: La cancelación de la deuda preexistente a favor de la Municipalidad. La preservación del destino impuesto al inmueble. A convenir con la Asociación Civil Mar del Plata Golf Club, una concesión de uso, explotación y preservación del inmueble, por el mayor plazo legal. Art. 4º - Se exime a la Municipalidad del partido de General Pueyrredón del pago de todo tributo provincial que afecte al inmueble transferido. Art. 5º - La Municipalidad de General Pueyrredón establecerá las condiciones referidas al uso, canon, inversión en mantenimiento y obras en el inmueble y la retención de las tierras necesarias para fomentar el desarrollo urbano de la ciudad, a los que quedará sometida la concesión de uso, explotación y preservación del inmueble. Art. 6º - Derógase la Ley 11.060. Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil. FELIPE C. SOLA Presidente H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado FRANCISCO J. FERRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 10 La Plata, 3 de enero de 2001. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO (12.585). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación