Nación · Ley N° 24499

Ley 24499 - AMPLIASE A CINCO (5) AÑOS EL PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD DEL BENEFICIO EMERGENTE DE LA LEY Nº 24.411, A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 7º DE LA MISMA.- CAD

Estado no verificadoSanción: 07/07/1995Publicación B.O.: 13/07/1995Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS Ley Nº 24.499 Amplíase el plazo para la presentación de la solicitud del beneficio establecido en la Ley Nº 24.411. Sancionada: Junio 14 de 1995. Promulgada de Hecho: Julio 7 de 1995. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Amplíase a cinco (5) años el plazo para la presentación de la solicitud del beneficio emergente de la Ley Nº 24.411, a partir del vencimiento del establecido en el artículo 7º de la misma. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.