Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12568

Ley 12568/2000 - DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN INMUEBLES DE LA LOCALIDAD DE LA GARMA ; PARTIDO DE ADOLFO GONZALES CHAVES; LOS QUE SERÁN TRANSFERIDOS A LA MUNICIPALIDAD DE GONZALES CHAVES PARA SER AFECTADOS CON DESTINO SEGÚN ORDENANZA 2170/98.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/01/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12568 Ley 12.568 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1: Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de De la Garma, partido de Adolfo Gonzalez Chaves, identificados catastralmente como: Circunscripción XI, Sección A, Manzana 13, Parcelas 18, 19, 20 y 21 e inscriptos sus dominios en las Matrículas 2314, 2313, 2312 y 2311, respectivamente del partido de Adolfo Gonzales Chaves a nombre de Militon López y/o de quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. Art. 2: Los inmuebles que se expropian por la presente ley serán trasnferidos a la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves, para ser afectados al destino previsto en la Ordenanza 2170 sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 13 de agosto de 1998 y promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 1016 de fecha 21 de agosto de 1998. Art. 3: Autorízase a la Municipalidad de Gonzalez Chaves a implementar los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente ley. Art. 4: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves. Art. 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.