Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9971

Decreto-ley 9971/1983 - DONACION DE TIERRA FISCAL EN EL PARTIDO Y CIUDAD DE LA PLATA A LA "FUNDACION PEDRO GOYENA".

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/08/1983
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9971/1983 DECRETO-LEY 9971/83 LA PLATA, 17 de julio de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-5210/82 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- Dónase a la “ Fundación Dr. PEDRO GOYENA”, una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de La Plata, Partido del mismo nombre, designada según Catastro como Circunscripción I, Sección C, Manzana 164, Parcela 38, y dominio inscripto a nombre del Fisco de la Provincia de Buenos Aires al Folio 743/1882 del Registro del citado Partido, con destino a la construcción de su sede y residencia para jóvenes estudiantes del interior. ARTICULO 2.- Autorízase al Ministerio de Economía –Dirección Provincial de Catastro Territorial– para formalizar la entrega de posesión de la aludida tierra a la “Fundación Dr. Pedro Goyena”. ARTICULO 3.- Establécese el plazo de dos (2) años a contar de la fecha de entrega de posesión a que alude el artículo anterior, para que la donataria de comienzo de ejecución a las obras proyectadas. ARTICULO 4.- En caso de incumplimiento del cargo estipulado se operará la revocación de la donación y la reservación del dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTICULO 5.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal de la donataria. ARTICULO 6.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.