Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 361

SE CREA - ANEXO - ESCUELA PARA NIÑOS NIÑAS Y JÓVENES CON PLURIDISCAPACIDAD MOTORA N° 11 DOCTOR AQUILES GAREISO -  DISTRITO ESCOLAR 15 - GALVÁN 3660 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN -

Estado no verificadoPublicación B.O.: 21/10/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes Nros. 5.206, 5.460 (texto consolidado Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960, la Ley nacional N° 26.206, la Resolución N° 3584/MEGC/2015, el Expediente Electrónico N° 30.443.723/GCABADGEGE/2019, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades; Que la educación especial se constituye como una modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo, brindando atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas por la educación común (conforme el art. 42 de la Ley Nacional N° 26.206); Que por la Ley N° 5.206 se estableció la modificación de la denominación de las Escuelas de Educación Especial al considerar la complejidad de las mismas, en cuanto a las singularidades de los proyectos pedagógicos, a las particularidades de cada alumno o grupo escolar, al turno en el que funcionan, a la cantidad de escuelas existentes y a los niveles educativos en los que imparten educación; Que en virtud de ello, por la Resolución N° 3584/MEGC/2015 la Escuela de Educación Especial N° 11 del Distrito Escolar 15° pasó a denominarse Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N ° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15°, manteniendo su sede de funcionamiento en la calle Quesada 4357, de esta Ciudad; Que el Ministerio de Educación e Innovación propicia la creación de un Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que funcionará en el edificio ubicado en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad; Que la creación del Anexo que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque y contemple las necesidades de distintos grupos sociales, a la vez que responde a la demanda habida para la educación especial en el citado Distrito Escolar, para mayores de catorce (14) años; Que asimismo se destaca que la medida que se propone no afecta a la población estudiantil; Que por otra parte, con motivo de la creación propiciada y atendiendo a razones operativas y organizacionales, la Planta Orgánico Funcional y el equipo directivo que se encuentra actualmente vigente para la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° , continuará prestando funciones manteniendo sus condiciones y cargos oportunamente designados, en el edificio de la calle Quesada 4357, de esta Ciudad, y en el Anexo cuya creación se promueve sito en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad; Que asimismo corresponde señalar que las medidas propiciadas no implican mayor erogación presupuestaria; Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario y oportuno el dictado del acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Créase el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15°, el que funcionará en el edificio ubicado en la calle Galván N° 3660, de esta Ciudad. Artículo 2°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar, cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos que conforman la Planta Orgánica Funcional de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora N° 11 "Dr. Aquiles Gareiso" del Distrito Escolar 15° y su

Anexo creado por el artículo 1°.

Artículo 3°.- Establézcase que lo dispuesto en los artículos precedentes no implica mayor erogación presupuestaria. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de Carrera Docente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, a la Dirección de Educación Inicial, a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA RESOLUCIÓN 3584 2015 MINISTERIO DE EDUCACION <p>Art. 1° del Decreto N° 361/19 crea el Anexo de la Escuela para Niños, Niñas y Jovenes con Pluridiscapacidad motora N° 11 Dr Aquiles Gareiso DE 15, institución educativa referida en la Resolución N° 3584-MEGC-15.</p><p> </p><p> </p><p> </p>