Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7406
Decreto-ley 7406/1968 - FACULTANDO A LAS MUNICIPALIDADES LA VENTA DIRECTA DE INMUEBLES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS.-(DL:7406/68)
Decreto-ley 7406/1968 DECRETO-LEY 7406/68 Autorización Municipalidades para la venta directa de inmuebles LA PLATA, 5 de julio de 1968. VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 3486/68, y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Facúltase a las Municipalidades a vender en forma directa al Estado Nacional o Provincial y a sus Bancos, instituciones de crédito, previsión o asistencia social, inmuebles de su patrimonio para la construcción de viviendas destinadas a adjudicación pública. ARTÍCULO 2°.- Los convenios de compraventa serán ratificados por el Gobernador de la Provincia, en ejercicio de las atribuciones acordadas por la Ley 7214. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.