Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 76
CREACIÓN DE ESCUELA - JARDÍN DE INFANTES INTEGRAL 9 - DISTRITO ESCOLAR 20 - COMUNA 9 - ALUMNOS/AS DE TRES A CINCO AÑOS - SEIS SECCIONES - JORNADA COMPLETA - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - RED ESCOLAR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - INICIAL - CALLE MURGUIONDO 2265 - CARGOS
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico N°07019348-MGEYA-DGEGE/18, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial; Que por la Ley N° 5.460 se establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, con carácter obligatorio desde los cuatro (4) años hasta el nivel medio, y planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación, bajo cuya dependencia se encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa la que promueve la creación del Jardín de Infantes Integral N° 9 del Distrito Escolar 20°, Comuna N° 9, que funcionará en el edificio sito en la calle Murguiondo 2265 de esta Ciudad, para alumnos/as de 3 (tres) a cinco (5) años de edad, el que estará compuesto por seis (6) secciones de jornada completa en su totalidad; Que a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico Funcional correspondiente. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Créase el Jardín de Infantes Integral N° 9 del Distrito Escolar 20°, Comuna 9, el que funcionará en el edificio sito en la calle Murguiondo 2265, de esta Ciudad, destinado a alumnos/as de tres (3) a cinco (5) años y el que estará compuesto por seis (6) secciones de jornada completa en su totalidad. Artículo 2°.- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el
Anexo (IF-2018-7020466- DGEGE), el que a todos los efectos forma parte integrante
del presente. Artículo 3°.- Facúltese a la Sra. Ministra de Educación para designar, cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el artículo 2°. Artículo 4°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida Presupuestaria vigente. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA Acuña Mura - Miguel