Nación · Ley N° 23577
Ley 23577 - RESTABLECESE LA VIGENCIA DE LA LEY 21142. TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE A LA UNION OBRERA TEXTIL. DEROGASE LA LEY 23282.
Ley 23577 del 29/06/88 BIENES DEL ESTADO LEY Nº 23.577 Restablécese la vigencia de la Ley Nº 21.142 y derógase su similar 22.382. Sancionada: junio 29 de 1988. Promulgada de Hecho: julio 20 de 1988. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Derógase la norma de facto 22.382. ARTICULO 2º- Restablécese la vigencia de la Ley 21.142. ARTICULO 3º- Acordar un plazo de 60 días para que la entidad beneficiaria acepte la donación e inicie los trámites para la transferencia de dominio y posesión pertinente. ARTICULO 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y ocho. Juan Carlos Pugliese.-Víctor H. Martínez.-Carlos A. Bravo.-Antonio J. Macris.