Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14536

Ley 14536/2013 - DECLáRASE CIUDAD A LA LOCALIDAD DE “VILLA CELINA”, PARTIDO DE LA MATANZA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/08/2013
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Ley 14536 LEY 14536 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Declárase ciudad a la localidad de “Villa Celina”, partido de La Matanza. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los once días del mes de julio del año dos mil trece.