Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8908
Decreto-ley 8908/1977 - EXPROPIACION DE FRACCION DE TIERRA EN LA LOCALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, CON DESTINO A AMPLIACION DEL AERODROMO PROVINCIAL DE TRENQUE LAUQUEN.
Decreto-ley 8908/1977 DECRETO-LEY 8908/77 LA PLATA, 20 de OCTUBRE de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2200-12969/69 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 1, apartado 5.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la localidad de Trenque Lauquen, partido del mismo nombre, designado según Catastro como: Circunscripción XVII, Sección D, Chacra 324; con una superficie de cincuenta hectáreas, con seis centiáreas (50Has., 6 Cas.), de propiedad de "Tamagnone, Gastaldi y Piombi Sociedad Mercantil Colectiva" o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con destino a ampliación del Aeródromo Provincial de Trenque Lauquen. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con imputación a las partidas específicas del Presupuesto General vigente. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.