Nación · Ley N° 17435

Ley 17435 - RATIFICASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO Y LA EMPRESA DEL ESTADO AGUA Y ENERGIA ELECTRICA EL 24 DE SETIEMBRE DE 1966.

Estado no verificadoSanción: 11/09/1967Publicación B.O.: 20/09/1967Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina PROVINCIAS Ley N° 17.435 SANTIAGO DEL ESTERO. - Convenio con Agua y Engía Eléctrica para la construcción y explotación de las obras de riego, drenaje y desagüe, del Proyecto del Río Dulce. Buenos Aires, 11 de diciembre de 1967. En ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el Art. 5° del Estatuto de la Revolución Argentina, El Presidente de la Nación Argentina, Sanciona y Promulga con fuerza de Ley: Artículo 1° - Ratifícase el Convenio celebrado entre la Provincia de Santiago del Estero y la Empresa del Estado Agua y Energía Eléctrica el 24 de setiembre de 1966. Artículo 2° - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles y demás bienes que resulten necesarios para la construcción, conservación y explotación de las obras de riego, drenaje y desagüe del proyecto del Río Dulce, contemplado en el Convenio que se aprueba por el artículo anterior. La Secretaría de Enegía y Minería individualizará los bienes a expropiar, con referencia a planos descriptivos, informes técnicos u otros elementos, suficientes para su determinación y autorizará a la Empresa del Estado Agua y Energía Eléctrica para promover los respectivos juicios de expropiación. Artículo 2° - Comuniqese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Onganía. Adalbert Krieger Vasena.