Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5266
Ley 5266/1948 - EXONERA DEL PAGO DE IMPUESTOS A LA DOCUMENTACION RELATIVA AL FOMENTO DE LA VIVIENDA POR INTERMEDIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION SOCIAL.
i wm LOL + L . LEY N° 5266 Exonera del pago de impuestos a la docu- mentación relativa al fomento de la vi- vienda por intermedio del Instituto Na- i cional de Previsién Social. | El Senado y Cámara de Diputados , de la provincia de Buenos Airvs, ‘ sancionan con fuerza de— ñ LEY El + : Art. 1° Autorizase al Poder Ejecutivo, i a exonerar del pago de servicio fiseal : Hs e impuesto de sellos a los documentos E y contratos referentes a la constitución, i otorgamiento y amortización de las ope- } rac'ones de fomento de la vivienda ll hasta la cantidad de pesos 20.000, que é celebre el Instituto Nacional de Previ- i sión Social, con sus afiliados, } Art. 2° Comuníquese al Poder Eje- I cutivo. 3 Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Le- : gislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de se- tiembre de mil novecientos cuarenta y ocho. Ñ Mario M. GOIZUETA. José L. PASSERINI. i Dionisio Ondarra, Alfredo Panelli, — a Secretario de la C. de DD. — Secretario del Senado, l ORY : A vm 102 La Plata, setiembre 13 de 1948. Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro y «Boletín Oficial». MERCANTE. MIQUEL Loprz Francés. TRAMITE LEGISLATIVO HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. — Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. Entrada y destino a la Comisión de Presupuesto e Impuestos, páginas 918 y 950 (junio 30 de 1948). Expídese la Comisión, página 971 (julio 14 de 1948). Aprobación en general y particular, páginas . 1333 y 1369 (agosto 4 de 1948). HONORABLE SENADO. — Entrada y destino a la Comisión de Presupuesto y Hacienda, página 915 (agosto 19 de 1948). Uxpídese la Comisión, página 1022 (agosto 26 de 1948). Sanción defini- tiva. pígina 1163 (setiembre 2 de 1948). 3 OTR