Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 293

PROMULGA LEY 6817

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/08/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, se promulga la Ley 6.817 (EX-2025-30077825- -GCABADGCCN) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en susesión del día 17 de julio de 2025.El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Infraestructura; Ministro deDesarrollo Humano y Hábitat; Ministro de Hacienda y Finanzas, y por el Jefe deGabinete de Ministros.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la DirecciónGeneral Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese a los Ministerios deInfraestructura; Desarrollo Humano y Hábitat, y Hacienda y Finanzas. Cumplido,archívese. MACRI - Bereciartua - Mraida - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6817 2025