Nación · Ley N° 26046

Ley 26046 - ESTABLECESE QUE LA SEMANA NACIONAL DEL TANGO ESTARA COMPRENDIDA ENTRE LOS DIAS 11 Y 18 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.

Estado no verificadoSanción: 08/06/2005Publicación B.O.: 07/07/2005Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SEMANA NACIONAL DEL TANGO SEMANA NACIONAL DEL TANGO Ley 26.046 Establécese que la Semana Nacional del Tango estará comprendida entre los días 11 y 18 de diciembre de cada año. Sancionada: Junio 8 de 2005 Promulgada de Hecho: Julio 6 de 2005 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º — La Semana Nacional del Tango en todo el territorio de la República Argentina estará comprendida entre los días 11 y 18 de diciembre de cada año. ARTICULO 2º — Las actividades realizadas durante este periodo serán coordinadas por la Academia Nacional del Tango. ARTICULO 3º — La Secretaría de Turismo de la Nación y la Secretaría de Cultura de la Nación promoverán dicho evento y darán a conocer el mismo en el ámbito de la República Argentina. ARTICULO 4º — El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto deberá promocionar en todas sus embajadas acreditadas ante gobiernos y organismos internacionales la Semana Nacional del Tango en la República Argentina. ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CINCO. — REGISTRADA BAJO EL Nº 26.046 — EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.