Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 12101
Decreto-ley 12101/1956 - (DEC-LEY 12101/956) AUTORIZANDO AL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS PARA HACER ENTREGA EN DONACION DE LOS EXCEDENTES DE PRODUCCION.
DECRETO - LEY N° 12,101 La Plata, 18 de julio de 1956. . Visto el presente expediente número 2.702 - 1.917/955, mediante el cual el Ministerio de Asuntos Agrarios gestiona la pertinente autorización para procedef a la entrega de excedentes de produc- y — 353 — ción de distintos establecimientos dependientes de dicha Secretarla - de Estado, a instituciones de beneficencia, y — Considerando: Que se trata de excedentes de productos que importan escaso monto. Que sin perjuicio de ello su entrega representará un signifi- cativo aporte como contribución al sostenimiento de las entidades de que se trata, configurando una medida de indudable repercusión social. Por ello, atento a lo informado por la Contaduria de la Pro- vincia, lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y vista del señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal de la Provincia, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Autorízase al Ministerio de Asuntos Agrarios para pro- ceder a la entrega en donación, de los excedentes de producción de los establecimientos de dicha Secretaría de Estado a instituciones benéficas y asistenciales que los soliciten. Art, 2° El presente decreto-ley será refrendado por todos los . ministros en Acuerdo General. Art. 32 Oportunamente dése cuenta a la Honorable Legislatura, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios para su cumplimiento y la adop- _ción de las medidas que establece el artículo 8° del decreto núme- ro 11.763/953. . BONNECARRERE. I. C. ZuBERBUHLER, M. A. ARANDA, E. Cortés, E. G, AGUILERA, RopDOLFO A. EYHERABIDE, E.Z. DE DECURGEZ. a