Nación · Ley N° 22061
Ley 22061 - PARA LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO TRANSITORIAMENTE PRESTADO POR LA 'ADMINISTRACION SERVICIOS ELECTRICOS EX - CIAE', Y PARA LA ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO AFECTADO AL MISMO SE APLICARAN LAS NOMAS QUE RIGEN PARA LAS SOCIEDADES CREADAS EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.705.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina SERVICIOS PUBLICOS Ley N° 22.061 Aplícanse las normas que rigen para las sociedades creadas en virtud de la Ley N° 20.705, para la gestión del servicio público, transitoriamente prestado por la "Administración Servicios Eléctricos ex- CIAE". Buenos Aires, 28 de agosto de 1979. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° Para la gestión del servicio público transitoriamente prestado por la "Administración Servicios Eléctricos ex - CIAE", y para la administración del patrimonio afectado al mismo se aplicarán las nomas que rigen para las sociedades creadas en virtud de la Ley N° 20.705. ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA. José A. Martínez de Hoz.