Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10679
Ley 10679/1988 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE BAHIA BLANCA CON DESTINO A DEPENDENCIAS JUDICIALES.
Ley 10679 LEY 10679 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONANA CON FUERZA ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de Bahía Blanca, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 41, Parcela 14-a; e inscripto su dominio en la Matrícula 62420 (7) de Bahía Blanca, a nombre de Abramchik, Moisés y/o quien resulte ser su legítimo propietario. ARTICULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior, será destinado a la instalación de dependencias judiciales. ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, será atendido con Partidas específicas del Presupuesto del Poder Judicial. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.