Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13890

Ley 13890/2008 - DECLARA BIEN DE INTERÉS HISTÓRICO CULTURAL, AL EDIFICIO CONOCIDO COMO “LOS MIRADORES DE OLMOS” Y A LA “CAPILLA”, QUE PERTENECIERAN A LA ANTIGUA CÁRCEL DE MUJERES, DE LA LOCALIDAD DE LISANDRO OLMOS, PDO. DE LA PLATA.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/11/2008
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 13890 LEY 13890 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase Bien de Interés Histórico Cultural incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley N º 10.419, al edificio conocido como “Los Miradores de Olmos” y a la “Capilla”, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección E, Chacra 23G, que pertenecieran a la antigua cárcel de mujeres, ambos emplazados en los terrenos del complejo penitenciario de la localidad de Lisandro Olmos, partido de La Plata , Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.