Nación · Ley N° 23155

Ley 23155 - AGREGASE UN PARRAFO AL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº 22334 DE INTERVENCION A LAS EMPRESAS DEL DENOMINADO GRUPO GRECO.

Estado no verificadoSanción: 30/09/1984Publicación B.O.: 30/10/1984Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG INTERVENCIONES Agrégase un párrafo al artículo 3° de la Ley N° 22.334. LEY N° 23.155 Sancionada: Setiembre 30 de 1984. Promulgada: Octubre 23 de 1984. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO ETC., ARTICULO 1°– Agrégase al artículo 3º de la ley 22.334 el siguiente párrafo: "Mientras dure la actual intervención, la autoridad de aplicación, podrá disponer que por conducto de la Tesorería General de la Nación se otorguen anticipos de fondos reintegrables necesarios para la continuidad operativa de las empresas comprendidas en el presente artículo, con imputación a Rentas Generales. A tal fin, la autoridad de aplicación, podrá exigir las debidas garantías". ARTICULO 2°– Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro. J.C. PUGLIESE V.H. MARTINEZ Hugo Beinicoff Antonio J. Macris –Registrada bajo el N° 23.155-