Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 260
ESTABLECE - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SOCIEDAD DEL ESTADO - ADOPTA TIPO SOCIETARIO DE SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL - DENOMINACIÓN DE CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SAU - APRUEBA ESTATUTO
VISTO: La Ley General de Sociedades N° 19.550 (Texto Ordenado por Decreto N° 841/84) y modificatorias, el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 70/23, la Ley N° 470 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 1814/00 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 25674788-GCBA-CBAS/24 y CONSIDERANDO: Que por el artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la sociedad Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, cuyo objeto es el desarrollo de actividades de carácter industrial y comercial, y la explotación de los servicios públicos, con el fin de favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integral del Área de Desarrollo Sur, individualizada por el artículo 1° de la mencionada Ley, a fin de compensar las desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Constitución de la Ciudad; Que el Decreto N° 1814/00 aprobó el estatuto de la referida sociedad, estableciendo en el artículo primero que dicha entidad se rige por las disposiciones de la Ley Nacional N° 20.705 y subsidiariamente por la Ley N° 19.550; Que mediante el artículo 40 del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 70/23 se derogó la Ley Nacional de Sociedades del Estado N° 20.705; Que, asimismo, el artículo 48 del referido Decreto establece que las sociedades o empresas con participación del Estado, cualquier sea el tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en Sociedades Anónimas, estando sujetas a todos los efectos a las prescripciones de la Ley General de Sociedades N° 19.550; Que, atento lo expuesto, corresponde adoptar un nuevo tipo societario para la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado; Que, en este sentido, se considera pertinente que dicha Corporación adopte el tipo societario de Sociedad Anónima Unipersonal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que conservará idéntico objeto y se regirá conforme lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550; Que asimismo, corresponde aprobar el Estatuto que regirá a la Corporación Buenos Aires Sur S.A.U. a los fines de adecuarlo al marco normativo vigente; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°- Establecer que la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado adopta el tipo societario de Sociedad Anónima Unipersonal, bajo la denominación de Corporación Buenos Aires Sur S.A.U., la que se regirá por la Ley General de Sociedades N° 19.550. Artículo 2°.- Aprobar el Estatuto de la Corporación Buenos Aires Sur S.A.U., el que como Anexo I (IF-2024-25681976-GCABA-CBAS-) forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- La Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, arbitrará los medios para la instrumentación mediante Escritura Pública del Estatuto aprobado por el artículo 2°, el cual será debidamente inscripto ante la Inspección General de Justicia. Artículo 4°.- Encomendar al Presidente de la Corporación Buenos Aires Sur S.A.U. la suscripción de la escritura pública mencionada en el artículo anterior. Artículo 5°.- El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente. Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Corporación Buenos Aires Sur S.A.U. y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Humano y Hábitat y a la Sindicatura General de la Ciudad. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida Grindetti