Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8623

Decreto-ley 8623/1976 - FIJANDO A PARTIR DEL 1/7/1976 REMUNERACIONES AL GOBERNADOR, MINISTROS, FISCAL DE ESTADO, ASESOR GRAL. DE GOBIERNO Y SECRETARIOS DE LA GOBERNACION.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/09/1976
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 8623/1976 DECRETO-LEY 8623/79 Fijando remuneraciones para el personal jerarquizado superior. LA PLATA, 30 de JULIO de 1976. VISTO la autorización otorgada por resolución 507 del señor Ministro del Interior y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Fíjase, a partir del 1º de Julio de 1976, para el personal jerarqui­zado superior que a continuación se detalla, las remuneraciones que, por con­cepto retributivo, en cada caso se indica: Categoría funcional Sueldo básico Gastos de representación TOTAL Gobernador 2.012 147.488 149.500 Ministro 1.418 113.582 115.000 Fiscal de Estado 1.418 113.582 115.000 Asesor General de Gobierno 60.000 55.000 115.000 Secretario General de la Gobernación 60.000 55.000 115.000 Los importes consignados precedentemente representan el total de la re­tribución de esos funcionarios, debiéndose adicionar solamente el salario fami­liar que en cada caso corresponda, según las disposiciones vigentes en la materia. ARTÍCULO 2.- Establécese que las remuneraciones fijadas en el artículo anterior absorben el incremento salarial del quince por ciento (15%) acordado con ca­rácter general a partir del 1º de Junio de 1976. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.