Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 6948
Decreto-ley 6948/1958 - (DECRETO-LEY 6948/958)AUTORIZANDO AL MINISTERIO DE EDUCACION A EFECTUAR TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL PRESUPUESTO 1958.
DECRETO-LEY N° 6.948. Autorizando al Ministerio de Educación a efectuar transferencia de créditos en el Presupuesto 1958 o La Plata, 29 de abril de 1958. Visto el presente expediente 2.626-59.538/58 y su acumulado al- cante 1, por el cual el Ministerio de Educación propicia modifica- — 1633 — : ciones en el Presupuesto 1958, Primera Parte, Anexo VII, Capitulo 19, Grupo 19, Inciso 1°, y — Considerando: Que dichas modificaciones consisten en elevar en el Item 2, Dirección de Educación, Partida Principal 4, Parcial 1, Apartado 3 a), 11 cargos de personai docente a la jerarquía de Secretario de Ins- pección y 1 a la de Asesor Docente. Que tal procedimiento no implicará un incremento en la partida respectiva, en virtud de existir en la misma un excedente de crédito, según se acredita en autos. Que el temperamento propiciado posibilitará la aplicación del ducreto 3.405, de fecha 19 de marzo de 1958, aprobatorio de la es- cructuración de las reparticiones de la Dirección de Educación de- pendiente del Departamento de Estado recurrente. Que, asimismo, se gestiona la introducción de modificaciones en el Item 3: Dirección de Cultura, Partida Principal 4, Parcial 1, Apar- tado 3 a). Que tales alteraciones tiene por objeto la supresión de un cargo de Regente de Estudio y la creación de los cargos de directores de segunda categoría, uno para la Escuela de Danzas Tradicionales y otro para la Escuela de Danzas Clásicas. Que, en el citado Item 3, Partida Principal 2, Sueldos Individua- les, se proyecta igualmente la supresión de cargos reservados para la orquesta sinfónica de Bahía Blanca, cuya creación no se ha con- cretado, a fin de obtener menor número de cargos, de mayor jerar- quía, con destino a la orquesta de cuerdas, organismo éste de sentida necesidad en la citada ciudad. Que la Ley de Contabilidad aprobada por decreto-iey 20.846/57 determina expresamente en su artículo 16%, inciso a), que no podrá efectuarse transferencia alguna en la Partida Principal 2, Sueldos Individuales. Que, no obstante la limitación señalada, de lo expuesto ut supra surge la necesidad de exceptuar de la misma al Ministerio de Edu- cación en el caso examinado. Por ello, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires en ejercicio del Poder Legislativo — : s DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 1° Autorízase al Ministerio de Educación a efectuar trans- ferencias de créditos en el Presupuesto año 1958, Primera Parte,
Anexo VII, Capítulo 1%, Grupo 19, Inciso 19, a fin de posibilitar las
siguientes supresiones y creaciones de cargos: — 1634 — PRESUPUESTO AÑO 1958, PRIMERA PARTE, ANEXO VII,
CAPITULO 1°, GRUPO 1°, INCISO 19
I — Supresiones: 7 Remune- Partida Parcial CATEGORIA N° de ración ia Mensual Item 3: DIRECCION DE CULTURA 2 Sueldos individuales: 1) Personal administrativo y técnico profesional. Auxiliar 19 20.0... ee. 1 2.400 Auxiliar 32 200. 15 2.000 Auxiliar 49 200... 8 1.900 Auxiliar 59 0.0... 4 1.800 Auxiliar 69.0.0... 0. eee, 23 1.700 Auxiliar 82 2.0.2... eee 8 1.500 4 Bonificaciones y suplementos. 1 Diferencias por escalafón: 3) Personal docente. a) Bonificaciones por jerar- quía. : Regente de estudio ............. 1 1.100 IT — Creaciones: Item 2: DIRECCION DE EDUCACION 4 Bonificaciones y suplementos. 1 Diferencias por escalafón: _ 8) Personal docente. a) Bonificaciones por jerar- quia. Ensefianza vocacional (Asesor ! Ñ Docente) ...ooccccccocccoroo 1 2.600 o Enseñanza preescolar y prima- ria común (Secretario de Ins- pección, categoría “E”) ......+ 11 600 : Item 3: DIRECCION DE CULTURA 2 : Sueldos individuales. E 1) Personal administrativo y técnico profesional. Oficial 19 .....o.oooooocoooomm.o.o.. 1 4.300 Oficial 22 2.2... eee 1 4.000 — 1635 — No de ered Partida Parcial CATEGORIA ración O Mensual Oficial 39 206. 5 3.800 Oficial 49 2... ee 2 3.600 Oficial 59 22... ee 6 3.400 Oficial 69 0.0.0... 0... 14 3.200 : Oficial 79 2.0.2.0... eee 1 3.000 4 Bonificaciones y suplementos. Ñ 1 Diferencias por escalafón: 3) Personal docente. a) Bonificaciones por jerar- . quia. Director de 22 categoria o Vice- : director de 1® categoria ...... 2 2.100 Art. 29 El presente decreto-ley sera refrendado por todos los ministros, en Acuerdo General. Art, 3° Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legisiatura. Art. 49 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, tomen conocimiento la Dirección de Finanzas del Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión y la Contaduría General de la Provincia y pase al Departamento de-Educación, a sus demás efectos. . BONNECARRERE. E. Z. DE DECURGEZ, JUAN R. AGUIRRE LANARI, E. Cortés, JAIME E. Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O'CONNOR.