Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5047
Ley 5047/1946 - AUMENTO DE SUELDOS A SASTRES Y COSTURERAS DE LA DIRECCION GENERAL DE SUMINISTROS.
Ley 5047 LEY 5047 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para abonar, a partir del 1 de agosto de 1946, los sueldos de los sastres y costureras que prestan servicios en la Dirección General de Suministros de la Provincia , en la forma siguiente: Operarios cortadores, auxiliares 3º con 300 pesos moneda nacional mensuales y oficiales sastres, auxiliares 5º con sueldo de 250 pesos, incluyendo en esta última categoría a los empleados jornalizados que desempeñen tareas de oficiales sastres. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el aumento de esos sueldos se pagará de Rentas Generales con imputación a esta ley, hasta tanto se incluya en la Ley General de Presupuesto de la Administración. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo .