Nación · Ley N° 22992

Ley 22992 - SUSPENDENSE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 22.742, QUE FIJA DEFINITIVAMENTE EL LIMITE ENTRE CATAMARCA Y SANTIAGO DEL ESTERO, SOLUCIONANDO ASI EL ANTIGUO CONFLICTO DE LIMITES QUE EXISTE ENTRE AMBAS PROVINCIAS.

Estado no verificadoSanción: 28/11/1983Publicación B.O.: 01/12/1983Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina LIMITES INTERPROVINCIALES Ley Nº 22.992 Suspéndense los plazos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 22.742, que fija definitivamente el límite entre Catamarca y Santiago del Estero, solucionando así el antiguo conflicto de límites que existe entre ambas provincias. Buenos Aires, 26 de noviembre de 1983. EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º - Suspéndese por trescientos sesenta y cinco (365) días el cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 al 47 del Decreto Nº 3.497/77, según lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 22.742. ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE Llamil Reston