Nación · Ley N° 3450

Ley 3450 - AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA CONSTRUIR EN BAHIA BLANCA UN ARSENAL Y PUERTO MILITAR CON SUS CORRESPONDIENTES DARSENAS, DIQUES DE CARENAS, GRADAS DE CONSTRUCCIONES, TALLERES, DEPOSITOS, CUARTELES Y OBRAS DE FORTIFICACION CORRESPONDIENTES, ASI COMO EN OTROS PUERTOS DE LA REPUBLICA LOS DEMAS TRABAJOS ANALOGOS Y COMPLEMENTARIOS QUE CONSTITUYEN EL PROYECTO GENERAL FORMULADO POR EL INGENIERO DON LUIS LUIGGI Y CUYO TOTAL ASCIENDE A LA SUMA DE DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL ORO.

Estado no verificadoSanción: 30/11/1896Publicación B.O.: 09/10/2006Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 3 Ley 3.450 Por cuanto: El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de Ley ARTICULO 1º — Autorizase al Poder Ejecutivo para construir en Bahía Blanca un arsenal y puerto militar con sus correspondientes dársenas, diques de carenas, gradas de construcciones, talleres, depósitos, cuarteles y obras de fortificación correspondientes, así como en otros puertos de la república los demás trabajos análogos y complementarios que constituyen el proyecto general formulado por el Ingeniero Don Luis Luiggi y cuyo total asciende a la suma de diez millones de pesos moneda nacional oro. ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo podrá invertir desde luego en la ejecución de las obras más urgentes, la suma de cinco millones de pesos moneda nacional oro a medida y en la proporción anual que los recursos del Estado lo permitan. ARTICULO 3º — Las obras a que se refiere la presente ley podrán efectuarse por licitación, contrato privado, o por administración, según convenga a juicio del Poder Ejecutivo, a los intereses del Estado. ARTICULO 4º — Declárase de utilidad pública la ocupación de los terrenos requeridos para la ejecución de las obras a que se refiere la presente ley y que figuran en los planos remitidos por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a treinta de noviembre de mil ochocientos noventa y seis. Benigno Ocampo, Secretario del Senado. — A.M. Tallafero, Pro Secretario de la C. de Diputados.