Nación · Ley N° 18428

Ley 18428 - ACLARASE LA NORMA LEGAL QUE GRAVO LOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE LA AGRICULTURA Y GANADERIA QUE SE EXPORTAN

Estado no verificadoSanción: 03/11/1969Publicación B.O.: 07/11/1969Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA LEY Nº 18.428 Aclárase la norma legal que gravó los productos y subproductos de la agricultura y ganadería que se exportan. Bs. As., 3/11/69 EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º — Declárase que el artículo 1º de la Ley Nº 18.134 es interpretativo del artículo 16 del Decreto-Ley Nº 21.680/56, modificado por las Leyes Nros. 15.273 y 15.429 y Decreto-Ley Nº 1.120/63, y aplicable a partir de la vigencia de la norma original interpretada, excepto a los juicios por repetición de la contribución establecida en el mencionado ordenamiento que, a la fecha de publicación de la presente Ley, tuvieren sentencia firme. Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA José M. Dagnino Pastore.