Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10718
Ley 10718/1988 - MODIFICACION DE LA LEY 10537, DONACION DE INMUEBLE FISCAL AL SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES, SECCIONAL NECOCHEA.
Ley 10718 LEY 10718 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 3° de la ley 10.537, por el siguiente: “Artículo 3.- El donatario construirá en la parte remanente de la Quinta 4, con frente a la calle 6, un establecimiento educacional, dentro del plazo de cuatro (4) años a contar desde la fecha de la escritura traslativa de dominio”. ARTICULO 2.- Sustitúyese el artículo 5° de la ley 10.537, por el siguiente: “Artículo 5.- Las obras a ejecutarse para la construcción del edificio a que se refiere el artículo 3° de la presente ley, serán fiscalizadas y controladas por la Dirección de Consorcios, dependiente de la Dirección General de Escuelas y Cultura”. ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.