Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7415
Decreto-ley 7415/1963 - (DEC-LEY 7415/63) PLAN VIAL LEY 6010. MODIFICACION ART 5º.
Reformas y relaciones normativas
1LEGISLATURA DE BUENOS AIRES DECRETO LEY 7.415 Plan Vial Ley 6.010. Modificación artículo 5% M Departamento de Obras Públicas. | La Plata, 16 de julio de 1963. Visto el expediente número 2.410-4.651, de 1962, donde la Di- | rección de Vialidad propugna la modificación del artículo 5% de la Ley número 6.010, de manera que con la sola aprobación de su Di-- rectorio, pueda efectuar transferencias entre los créditos anuales de cada obra, y Considerando: Que la inquietud encierra el propósito de nivelar las facultades del ente autárquico con las existentes en los demás organismos, en materia de adecuación de créditos afectados a obras públicas; Que, en el tema del requerimiento, ya se cuenta con la experien- cia recogida de la aplicación de la facultad conferida por Decreto- número 4.057/61, resultando notoria la utilidad reportada por el ágil trámite individual de ajustes de créditos al efectivo ritmo de las realizaciones. Por ello, y no existiendo impedimento legal para que se proceda a' la modificación propuesta, sobre la cual se han expedido favora- blemente la Contaduría General de la Provincia y los señores Asesor i General de Gobierno y Fiscal de Estado, y atento la autorización. conferida por Decreto nacional número 3.249/63, el Comisionado Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Le- gislativo : DECRETA CON FUERZA DE LEY Y Art. 19 Sustitúyese el texto del artículo 5° de la Ley r“imero 6.010 por el siguiente: “Art. 59 La Dirección de Vialidad estará facultada para efectuar transferencias entre los créditos anuales de cada bra. Si la transferencia excediera de un treinta por ciento (30%) deberá comunicarla al Poder Ejecutivo y sólo podrá hacerse efectiva si éste- ro la revocare dentro de los diez días de recibida la comunicación, D la que se hará con transcripción de] texto presente”. Art. 29 El presente decreto-ley será refrendado por todos los señores ministros secretarios de Estado, reunidos en Acuerdo General. Art. 39 Previa notificación del señor Fiscal de Estado, comuni— quese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y oportuna-- mente hágase saber a la Honorable Legislatura. IMAZ. Horacio C. RIVARA, JORGE LASCANO, NÉSTOR SUÁREZ, ANÍBAL J. SEÑORANS, CARLOS A. FLORIA, CARLOS A. L. BOUREL, | José R. BRUSA. | Decreto Nacional 3.249/63. | + “Boletín Oficial” 5/8/63. ‘ < | li | Al 20