Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12720
Ley 12720/2001 - PRORROGASE POR 180 DIAS LA LEY 12531, SUSPENDIENDOSE LOS TRAMITES DE LOS JUICIOS A PARTIR DE LA SENTENCIA DE TRANCE Y REMATE O LA EJECUCION DE SENTENCIA DERIVADOS DE OBRAS MUNICIPALES, URBANA, GAS.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/07/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 12720 12.720 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1°.- Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días corridos, la Ley 12.531, a partir del vencimiento establecido en el artículo 1° de la misma, suspendiéndose los trámites de los juicios a partir de la sentencia de trance y remate, o la ejecución de sentencia, derivados de la realización de obras municipales de infraestructura urbana, en especial de gas, de agua corriente y desagües cloacales, pavimentos, adjudicadas a empresas particulares por aplicación de la Ordenanza General 165 y sus modificatorias. ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.