Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13852
Ley 13852/2008 - ADHERIR A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 25938 -REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DE FUEGO Y MATERIALES CONTROLADOS-
Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/08/2008
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 13852 LEY 13852 NOTA: Ver Ley 14170. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Adherir a las disposiciones de la Ley 25938 -Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados- conforme lo establece el artículo 10 de la misma. ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo de noventa (90) días hábiles corridos desde su promulgación. Lo subrayado se encuentra observado por el Decreto de Promulgación nº 1613/08 de la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.