Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13906
Ley 13906/2008 - DECLARA COMO BIEN DE INTERÉS HISTÓRICO Y ARQUITECTÓNICO A LA CASA ARANA, EXPONENTE DE LA ARQUITECTURA HISPANO-MUSULMANA, PATRIMONIO DE LA FAMILIA DE DON ALBERTO BELISARIO ARANA DE LA CIUDAD DE LA PLATA.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/12/2008
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 13906 LEY 13906 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase como Bien de Interés Histórico y Arquitectónico incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, bajo la Ley N° 10.419/86 y su modificatoria Ley N° 12.739/01, a la Casa Arana, exponente de la arquitectura Hispano-Musulmana, patrimonio de la Familia de don Alberto Belisario Arana, sito en la calle 49 N° 370 de la ciudad de La Plata y cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción I, Sección E, Manzana 314, Parcela 4a. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.