Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 319

PROMULGACION DE LA LEY 6.973

Estado no verificadoPublicación B.O.: 11/09/2026Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, se promulga la Ley 6.973 (EX-2026-40259918-GCABADGCCN) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de agosto de 2026. El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comunicar a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6973 2026