Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ordenanza N° 33970

Ordenanza 33970/1977 - HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - COMERCIOS - NEGOCIOS - LOCALES - RESTAURANTES - HOTELES - CASAS DE COMIDA - LECHERÍAS - BARES - CAFÉS - PANADERÍAS - CONFITERÍAS - BOMBONERÍAS - PELUQUERÍAS - CASAS DE PEINADOS Y BELLEZAS - VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS - REMATE DE MUEBLES Y OBJETOS DE ARTE - VENTA DE LIBROS - VENTA DE DISCOS Y AFINES - SERVICIOS FÚNEBRES - AGENCIAS PARA RECEPCIÓN DE JUGADAS - FARMACIAS - AUTORIZADO A PERMANECER ABIERTOS TODOS LOS DÍAS - SÁBADOS - DOMINGOS - FERIADOS - CONTRALOR Y FISCALIZACIÓN

Estado no verificadoPublicación B.O.: 11/01/1978Organismo: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: sin. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ver archivo 1 Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICADA POR ORDENANZA 39925 1984 <p>Articulo 1 Ordenanza 39925 deroga el inc. c) del artículo 1 de la Ordenanza 33970.</p><p>Articulo 2 deroga el articulo 2. </p> DEROGADA POR LEY 6513 2021 <p>Art. 52 de la Ley 6513 abroga a la Ordenanza 33970</p> INTEGRADA POR ORDENANZA 41032 1985 <p>Art. 2 de la Ordenanza 41032 establece que los días lunes, que no coincidan con feriados, todos los comercios con atención al público, no comprendidos en el artículo anterior y en el artículo 1 de la Ordenanza 33970, podrán permanecer abiertos hasta las 24 hs.</p>