Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8371
Ley 8371/1975 - AMPLÍASE POR EL TÉRMINO DE 10 AÑOS EL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LAS FINALIDADES DE UTILIDAD PÚBLICA QUE MOTIVARON LA EXPROPIACIÓN DISPUESTA POR LA LEY 6202. (INMUEBLES EN LANUS Y LOMAS DE ZAMORA PARA URBANIZACION INTEGRAL Y VIVIENDA)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/03/1975
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 8371 LEY 8371 NOTA: Ver Ley 10447 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Amplíase por el término de diez años, a partir de la fecha de promulgación de la presente Ley, el plazo de cumplimiento de las finalidades de utilidad pública que motivaron la expropiación dispuesta por la Ley 6202, sancionada el 28 de Octubre de 1959 y promulgada el 30 de Noviembre de 1959 por Decreto Nº 16522. ARTÍCULO 2.- Derógase toda disposición que se oponga a la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.