Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 4006
Decreto-ley 4006/1956 - (DECRETO-LEY 4006/956)CREASE EL INSTITUTO DE POLIOMIELITIS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
. DECRETO-LEY N° 4.006 : La Plata, 21 de marzo de 1956. Visto la necesidad que plantea el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de que se proceda a la creación de un organismo “para la atención específica de los diversos aspectos que en el orden médico origina el mal de Heine-medin, y — Considerando: Que él país acaba de sufrir una dolórósa experiencia en el com- . bate de la reciente epidemia de parálisis infantil, motivada por la impresión que en la materia dejara él gobierno depuesto. * Que si bien se ha logrado contrarrestar la agresión inmediata del mal, a impulsos de la denodada labor de profesionales y auxi- ‘hares médicos, el epíritu exaltado de solidaridad de la población y €l aporte imponderable recibido con amplitud de pueblos hermanos, quedan @ considerar las consecuencias que deja la enfermedad y sus secuelas de invalidez con su repercusión económica y social, así co- mo la adopción de medidas preventivas para el futuro. — 1711 — Que para ello se propicia la dotación de elementos técnicos organizados de tal modo que cualquier evento semejánte en el por- venir encuentre el campo propició para una ácción inmediata y efi- vaz, no ya sólo para las causas inmediatas del mal sino también para el tratamiento y recuperación de sus víctimas. Que por las causas expuestas es indispensable promover sin di- . lación la obra que se gestiona a fin de satisfacer necesidades de incuestionable importancia, para la salvaguarda de la salud colectiva. Que a ese efecto se propone la utilización del edificio actual- mente en construcción para hospital de crónicos, en esta ciudad, circunstancia que no alterará el servicio de aténción de éstos, que ¡puede continuarse en los actuales establecimientos asistenciales, Que mediante las adaptaciones necesarias, con intervención de los organismes técnicos competentes, puede concretarse el fin teni- do en vista, Por todo ello, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art, 19 Oréase el Instituto de Poliómielitis de la provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Asis- tencia Social, para la atención clínica y tratamiento de recuperación de los enfermos de Héine-Medin. Art. 29 Destínase para sede del Instituto de la Poliomielitis que se crea, el actual edificio en construcción para Hospital de Crónicos de esta ciudad. Art. 39 El Ministerio de Obras Públicas proveerá lo necesario para el estudio de las reformas de adaptación del edificio del Hos- Pital de Crónicos para adecuarlo a su nuevo destino y aconsejará sobre las medidas necesarias a adoptar para la cristalización del . organismo que se crea por el artículo 19. Art, 4% Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 5% El presente decreto-ley será refrendado por todos los ininistros en Acuerdo General. Art. 6% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Zoletín Oficial” y pase al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, 2 sus efectos. BONNECARRERE. Ropotro A. EYHERABIDE, M. A. ARANDA, E. Cortés, E. G. AGUILERA, JUAN Canter, I. O. ZUBERBÚBLER.