Nación · Ley N° 27510
Ley 27510 - SUSTITUYASE EL INCISO C) DEL ARTICULO 40 DE LA LEY 24.449, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA: C) QUE LLEVE EL COMPROBANTE DE SEGURO, EN VIGENCIA, QUE REFIERE EL ARTICULO 68, EL CUAL PODRA SER EXHIBIDO EN FORMATO PAPEL IMPRESO O DIGITAL A TRAVES DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS.
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina LEY DE TRÁNSITO Ley 27510 Ley N° 24.449. Modificación. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Artículo 1°- Sustitúyase el inciso c) del artículo 40 de la ley 24.449, el que quedará redactado de la siguiente forma: c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos. Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. REGISTRADA BAJO EL Nº 27510 EMILIO MONZO - FEDERICO PINEDO - Eugenio Inchausti - Juan P. Tunessi Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2019 En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.510 (IF-2019-69743492-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 17 de julio de 2019, ha quedado promulgada de hecho el día 21 de agosto de 2019. Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE TRANSPORTE. Cumplido, archívese. Pablo Clusellas e. 28/08/2019 N° 63701/19 v. 28/08/2019